morosidad en la comunidad de propietarios

Tu abogado vecino, experto en reclamación de deuda

Tu abogado vecino experto en reclamación de deuda para paliar la morosidad en la comunidad de propietarios.

En algunas comunidades de propietarios, tanto el impago de las cuotas mensuales como el de derramas, es frecuente.

Los indices de morosidad vecinal en la Comunidad de Madrid son bastante elevados, por ello, en Tuabogadovecino.es les brindamos toda la información que necesitan para acabar con la inmunidad de los propietarios que no abonan sus deudas.

Siempre, puede reclamar la deuda usted mismo como representante de la comunidad en cuestión, pero siempre es recomendable contar con los servicios de una abogado experto en comunidades de propietarios para afrontar el proceso monitorio con todas la garantías necesarias.

Reclamación de deuda en la comunidad de propietarios

Queremos recordar de nuevo que la intervención de un abogado o un procurador en el proceso monitorio no será necesaria en su inicio, pero sí muy aconsejable.

Es importante recalcar que en el procedimiento monitorio, existe una oposición por parte del deudor, debemos evitar que el procedimiento monitorio cambie a declarativo, len el que sí es obligatorio ir asistido por abogado y procurador.

Aunque incialmente no sea un requisito la contratación de un abogado para iniciar el proceso monitorio, recalcamos que suele ser una herramienta fundamental para tener éxito en el cobro de la deuda.

Tu Abogado Vecino Reclamación de deuda para comunidades de propietarios en Madrid

¿Como tramitar la reclamación de la deuda?

Como deciamos anteriormente, cualquier persona física, empresa o comunidad de propietarios que desee reclamar el abono de una deuda, puede hacerlo.

Los requisitos que debe cumplir ésta, es que se trate de una deuda dineraria, vencida y exigible.

Esto quiere decir, que debe de ser dinero el objeto de la prestación.

En cuanto a la  exigibilidad , decir que se presupone el derecho del acreedor al pago del crédito, como consecuencia del su vencimiento.

Además la deuda tiene que estar acreditada documentalmente, y debe ser siempre una cantidad determinada y con un limite en su cuantía de 250.000 €.

Tramitación de procedimiento monitorio en Madrid.

Es la presentación del escrito de petición que debe de estar formado por los siguientes puntos:

  • Identidad acreditada del deudor.
  • El origen de la deuda y sus razones.
  • La cuantía.
  • La documentación que acredita dicha deuda.
  • El domicilio de ambas partes.

Ejecución de proceso monitorio en Madrid

Ha llegado la hora  en la que los tribunales deben aprobar la reclamación inicial y realizar un requerimiento de la cantidad indicada a la persona deudora, que dispondrá de 20 días para pagar la deuda o para presentar alegaciones mediante el escrito de oposición.

morosidad en la comunidad de propietarios