Defectos constructivos en comunidades de propietarios
Tu abogado vecino, abogados expertos en procedimientos por defectos constructivos y vicios ocultos en tu comunidad de propietarios o vivienda particular.
¿Por qué tu abogado vecino? Por que somos lo mayores expertos en procedimientos judiciales relacionados con comunidades de propietarios de todo Madrid.
Demandas por defectos constructivos en Madrid.
Se trata de un problema muy común en las construcciones modernas, en multitud de ocasiones , los propietarios se encuentran con defectos o vicios constructivos en sus viviendas y en las zonas comunes.
Las empresas constructoras para disminuir costes y maximizar beneficios, cometen negligencias en el proceso de construcción, que después se traducen en costosas reparaciones.
Por ello es imprescindible para tener éxito en el procedimiento, contar con abogados expertos en defectos constructivos.
En muchas ocasiones compramos una vivienda sobre plano, es decir, sin esta esté finalizada, y cuando por fin podemos habitarla, nos encontramos con que todo es un desastre; las escaleras son peligrosas, hay filtraciones de agua, faltan elementos en la instalación eléctrica…
Por ello es necesario ponerse en manos de especialistas.
Defectos constructivos Comunidad de vecinos.
Lo primero que debe hacer si tiene un problema de estas características es analizar la situación.
Después sosegadamente la asesoraremos en materia esta materia. Por que en Tu Abogado Vecino contamos con equipo experto en la evaluación de vicios ocultos.
En primer lugar efectuaremos gratuitamente un informe de análisis pormenorizado y un listado con todos los defectos constructivos encontrados en su propiedad.
No olvides informar al administrador de la comunidad, para reunir a más afectados.
En segundo lugar, notificamos en tiempo y modo adecuadamente al responsable de los vicios constructivos, mediante burofax, con acuse de recibo.
Hemos de saber que cuando adquirimos una vivienda de nueva construcción, ésta debe tener al menos 1 año de garantía.
Defectos constructivos.
Defectos de habitabilidad, funcionalidad.
Son aquellos que no garanticen la higiene, salud y protección del medio ambiente. La protección contra el ruido.
El ahorro de energía y aislamiento térmico.
Defectos de seguridad y defectos de estabilidad.
Estamos hablando de seguridad por lo que es muy importante la modificación de estos elementos, que pueden ser por ejemplo;
Los peldaños de las escaleras, irregulares o demasiado altos, o los defectos que afectan a la protección del sistema contra incendios.
No es frecuente, pero en contadas ocasiones, el estudio geotécnico del terreno no ha sido realizado correctamente y puede presentar problemas de hundimientos, grietas, que afectan a la estructura del edificio.
Responsabilidad civil de los vicios ocultos.
Las personas físicas / jurídicas intervinientes en el proceso de construcción responderán frente a los propietarias y terceros adquirentes de los edificios.
Siempre empezando la cuenta desde la fecha de recepción de la obra.
- Los defectos constructivos estructurales: el plazo para la reclamación de indemnizaciones o reparaciones, sería de 10 años a partir de la fecha de recepción de obra.
- Defectos constructivos relativos a la habitabilidad: el plazo para la reclamación de indemnizaciones o reparaciones, sería de 3 años a partir de la fecha de recepción de obra.
- Los vicios de terminación o acabado: el plazo para la reclamación de indemnizaciones o reparaciones, sería de 1 año a partir de la fecha de recepción de obra.
Explíquenos su caso: