Seguro comunitario, obligaciones con la comunidad
Hoy en nuestro blog jurídico veremos si es obligatorio dar acceso a nuestro domicilio, al seguro de la comunidad, para que realice la reparación del origen de unos daños en la comunidad.
El problema de no dar acceso a nuestro domicilio al seguro de la comunidad.
En algunas ocasiones las compañías aseguradoras, dilatan los tiempos y dan palos de ciego intentando localizar el origen de los daños.
Esto ha repercutido en la confianza de algunos usuarios, que se niegan a permitir la entrada del perito a sus viviendas.
Fundamentalmente esta desconfianza, suele ser por miedo a que realicen calas de localización en las paredes de su vivienda, y tarden más de lo debido en repararlas.
De tal manera, que sí se retrasase muchísimo , podría prescribir el siniestro en el seguro de la comunidad.
¿Es obligatorio dar acceso?
La Ley de Propiedad Horizontal , en su artículo 9.1 D , expone la obligatoriedad de permitir la entrada en su domicilio, para la reparación o la localización del origen de los daños de los elementos comunitarios.
La LPH también señala, que en las reparaciones de carácter más urgente, como son las filtraciones, la comunidad puede solicitar al juzgado, que mediante un auto, permita el acceso de los operarios, a la vivienda, para que procedan a la reparación de la fuga.

¿Que dice la jurisprudencia?
Esta obligatoriedad no reside únicamente en los propietarios, si no que también afecta a los inquilinos.
Audiencia Provincial de Las Palmas
No solamente está obligado cuando no se pueda acceder a la reparación por otros medios que no sean su vivienda, si no que también lo estará, cuando el acceso a estos medios, sea más complejo y caro.
Audiencia Provincial de Salamanca
Los perjuicios producidos a la comunidad por el incumplimiento de esta obligación, afectarían al propietario, de tal manera que podría llegar a ser condenado a sufragar los daños generados.
Audiencia Provincial de Barcelona.
La negativa a permitir el acceso a su vivienda para la reparación de bienes comunitarios, amparándose en la inviolabilidad de su domicilio, no puede prosperar, en tanto que nuestra Constitución no ampara el uso antisocial del derecho.
Audiencia Provincial de Madrid.
¿Cómo evitar un conflicto en tu comunidad?
En primer lugar, debemos mantener una comunicación permanente con todas las partes implicadas.
- El presidente de la comunidad.
- El propietario que se niega a colaborar.
- La compañía aseguradora, a través del perito que gestiona el siniestro.
Debemos entender las razones por las que niega el acceso, para aportar soluciones efectivas.
Comprometer a la comunidad, que en el caso de que se tenga que romper el alicatado, procedan a repararlo con el mismo tipo de azulejo.
Además podemos solicitar un informe al perito del seguro, que explique por que determina que el origen de los daños, se encuentra en su vivienda.
También sería conveniente indicarle al seguro de la comunidad, que el propietario solicita que antes de abrir una pared, tengan los materiales necesarios para cerrarla, para no dilatar los tiempos de obra.
Debemos explicar amablemente las consecuencias de no permitir el acceso para la reparación, al propietario en cuestión.
Finalmente, el presidente de la comunidad, debe de estar enterado de todo lo que ocurre en la finca, para así tomar las decisiones oportunas.
Sin el vecino no entra en razón, y sigue con su negativa, tenemos la obligación de plantear a la comunidad, el envío de un burofax informativo.
En su redacción debe concretarse un plazo, y las consecuencias legales que puede tener una vez vencido.
Muy importante, indicar también que la comunidad sufragaría todos los gastos de reparación, siempre y cuando, el origen sea comunitario.
Sí, el origen tiene origen privativo, en ese caso, la comunidad no tendría ninguna responsabilidad.
